¿Qué es un plan de parto?

En el mismo momento en que vemos el positivo, si no antes, ya que a veces nos toca aprender mucho sobre fertilidad, nos convertimos en personas deseosas de información y, es que, es en ese momento cuando te das cuenta de todo lo que está por venir, de su importancia y de que quieres hacerlo lo mejor posible.

Empieza una “ardua” investigación sobre qué esperar durante el embarazo, el parto, los cuidados de un recién nacido, productos de higiene, cochecitos, cunas, pañales, toallitas, algodón orgánico…la lista es interminable.

Si bien, se trata de una etapa vital en la vida de una mujer, parece que la tendencia es volcarse en el bebé desde el principio, dejándonos de lado por primera vez (y por desgracia, no la última). Nos cuidamos durante el embarazo, pero porque de nosotras depende el bienestar de nuestro futuro hijo o hija.

Creo que es importante que aprendamos cuanto antes que, para poder cuidar, tenemos que cuidarnos. Cuando se me olvida recuerdo siempre lo que te dicen antes del despegue del avión: primero tienes que ponerte tu mascarilla de oxígeno, para luego ponérsela a los menores que tengas a tu cargo. Si tú no estás bien no vas a poder dar lo mejor de ti misma.

Estar bien informada

Una de las formas en que yo me siento más segura es teniendo la sensación de estar bien informada. En mi es algo natural, pero sin duda es una realidad extrapolable a muchas personas y en muchos ámbitos distintos. Todos hemos escuchado la frase de que la información es poder. Y durante este proceso, en el que nuestro bienestar físico y emocional, dependerá de muchas decisiones, estar informada es imprescindible para que nuestros deseos, nuestras expectativas y la realidad vayan de la mano, dentro de lo posible.

Para poder plasmar nuestras preferencias, expectativas, deseos y necesidades sobre el proceso de parto existe un documento que las embarazadas tenemos la opción de presentar, que se llama Plan de Parto. Este documento se entrega en el hospital o la maternidad donde vayamos a dar a luz, para que el equipo médico conozca cómo nos gustaría que se desarrollara nuestro parto y las prácticas médicas a las que consentimos o no someternos.

Podemos elaborar nuestro plan de parto en cualquier momento durante nuestro embarazo, aunque se recomienda hacerlo entre las semanas 28-32, en las que ya tendremos más información propia sobre cómo va nuestro embarazado y si algunas de estas particularidades pueden hacer que el momento del parto sea de una u otra forma. Este documento, aunque ya lo hayamos entregado, puede ser modificado por nosotras en cualquier momento, incluso en el día del parto y durante él, si así lo deseamos.

Puede que nos resulte raro, de alguna manera, imponer nuestra voluntad, porque no estamos acostumbrados a vernos a nosotras mismas como sujetos de pleno derecho cuando nos ponemos delante del médico, porque claro, ellos son los que saben, ¿no?

Sin embargo, y gracias a la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, podemos estar tranquilas ya que en su capítulo IV se habla del respeto a la autonomía del paciente. Uno de los derechos que tenemos como usuarias de los centros sanitarios de nuestro país y que los sanitarios están obligados a conocer y respetar. En esta ley se reconoce que ante toda actuación médica que tenga relación con prácticas que vayan a realizarnos, el personal sanitario debe informarnos de cuáles son las alternativas, cómo se realiza cada una de ellas y cuáles son los posibles riesgos que se pueden derivar de cada una de ellas, según la evidencia científica. Y una vez hayamos sido informadas, tenemos derecho a decidir por cuál de ellas nos decantamos, ofreciendo nuestro consentimiento libre y voluntario, como mínimo, de forma verbal.

En caso de tratarse de intervenciones quirúrgicas, procedimientos diagnósticos y terapéuticos invasores y, en general, la aplicación de procedimientos que supongan riesgos o inconvenientes de notoria y previsible repercusión negativa sobre nuestra salud, la ley establece que el consentimiento deba darse por escrito.

¿Qué podemos incluir en nuestro plan de parto?

Si nos dirigimos a nuestro hospital de referencia y conseguimos que nos den una copia de su protocolo, podemos, en base a las prácticas que suelen realizar exponer cuáles consentimos y cuáles no.

Aunque ya en 1996 la OMS publicó un primer documento donde se establecen los cuidados que deben recibir las mujeres en un parto normal, y más adelante lo concretó, basándose en la evidencia científica, para que se pudieran atender los partos respetando su fisiología normal y los derechos de las mujeres y sus hijos, defendiendo el menor intervencionismo posible, en mucho hospitales no han actualizado sus protocolos de atención al parto, por lo que todavía cuenta con prácticas obsoletas que se realizan más por costumbre que por necesidad, como puede ser la administración de enemas, el rasurado del pubis, los pujos dirigidos, la postura de litotomía, etc…

En nuestro plan de parto podemos incluir qué es lo que esperamos y consentimos cuando lleguemos al hospital (acompañamiento, necesidad de intimidad, personal sanitario, información sobre el proceso y toma de decisiones), durante la fase de dilatación (utilización de la vía, enema, rasurado, movilidad, monitorización, hidratación, métodos de alivio del dolor, tactos y otras intervenciones, sondaje…), y en la fase de expulsivo (postura, pujos, episiotomía). También podemos incluir decisiones que afecten al bebé una vez nacido (corte del cordón umbilical, piel con piel, inicio de la lactancia, administración de medicamentos y aseo del bebé). Y qué esperamos si surgen circunstancias especiales como una cesárea.

Afortunadamente hay cada vez más hospitales y equipos médicos que conocen cuál es la atención de un parto fisiológico y que se interesan en respetar los deseos de sus pacientes. Sin embargo, aun queda mucho trabajo por hacer para conseguir erradicar la Violencia Obstétrica que han sufrido y siguen sufriendo muchas mujeres. Que la ONU haya reconocido a nivel jurídico la existencia de esta violencia es un gran avance, ya que como con cualquier otro tipo de violencia de género, el primer paso para erradicarla es reconocer su existencia y conocer sus mecanismos y causas. Cada vez son más los abogados especializados, según Tuappabogado, en la defensa de estas pacientes, que sufren secuelas físicas y psicológicas, y que ven en el reconocimiento de las mismas, y en las posibles sanciones, una vía de recuperación, en los casos en que sea posible.

Sin embargo, aún queda un largo camino por recorrer para el conocimiento y la aplicación por parte de los tribunales españoles del Convenio para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer, que es un Convenio ratificado por España.

Lo esencial es que no pase. Y el momento de evitarlo es antes del momento del parto. De ahí la importancia de formarnos, informarnos y utilizar el Plan de Parto, para que quede constancia.

 

 

 

 

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